Consejo Tributario de Edición Especial del IRS
Si está buscando comprar una nueva vivienda, usted aun podría reclamar el Crédito para Primeros Compradores de Vivienda. Recientemente el Congreso pasó el Acta de Asistencia a Trabajadores, Dueños de Vivienda, y Negocios del 2009, extendiendo el crédito de Primer Comprador de Vivienda y ampliando quién califica.
El IRS quiere que usted conozca estos 10 puntos principales acerca del crédito ampliado y los requisitos que usted debe cumplir para calificar.
1. Usted necesita comprar - o entrar en un contrato obligatorio para comprar una residencia principal - en o antes del 30 de abril del 2010.
2. Si usted entra en un contrato obligatorio para el 30 de abril del 2010 usted debe finalizar la compra de la vivienda en o antes del 30 de junio del 2010.
3. Para compras calificadas en 2010, usted tendrá la opción de reclamar el crédito en su declaración del 2009 o 2010.
4. Un residente de la misma vivienda por largo plazo puede ahora calificar para un crédito reducido. Usted puede calificar ahora para el crédito si ha vivido en la misma residencia principal por cualquier período de cinco-años consecutivos durante el período de ocho años que termina en la fecha de compra de la nueva vivienda y la fecha que finaliza es después del 6 de noviembre del 2009.
5. El crédito máximo para los residentes por largo plazo es $6500. Sin embargo, para individuos casados que declaran por
6. Las personas con ingresos más altos ahora pueden calificar para el crédito. La nueva ley aumenta los límites de ingresos para viviendas compradas después del 6 de noviembre del 2009. El crédito completo está disponible para los contribuyentes con ingreso bruto ajustado modificado hasta $125,000, o $225,000 para los que declaran en conjunto.
7. El IRS publicará una revisión del Formulario 5405 en diciembre del 2009 para reclamar este crédito. El formulario de diciembre 2009 debe usarse para viviendas compradas después del 6 de noviembre del 2009 (sea que el crédito se reclame para el 2008 o para el 2009) y para todas las compras de viviendas que son reclamadas en la declaraciones del 2009.
8. No hay crédito disponible si el precio de compra de la vivienda excede $800,000.
9. El comprador debe tener por lo menos 18 años de edad en la fecha de la compra. Para parejas casadas, solamente un cónyuge necesita cumplir este requisito de la edad.
10. Un dependiente no es elegible reclamar el crédito.
Para más información sobre el Crédito de Primeros Compradores de Vivienda ampliado, visite IRS.gov/recovery en Español



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